A Eduardo Faisel
La custodia monoparental es un crimen contra los niños con el que colabora todo aquel que no se opone a la misma.
Renunciar al cuidado de nuestros hijos es un crimen que atenta contra el derecho de nuestros hijos a tener padre y madre en igualdad de condiciones.
Quien permite que le sea sustraído un derecho fundamental como la paternbidad y permite que sus hijos vivan sin este derecho se convierte en una persona que acepta la alienación y la indignidad.
La persona que ser separado de sus hijos, renuncia a un derecho natural, reconocido en la Carta de las Naciones unidas y provoca la privacióón de este derecho en sus hijos.
La persona que acepta que uno de los padres asume la custodia de sus hijos permite confusión terminológica y jurídica entre matrimonio y familia, confusión de graves consecuencias sociales que hace que se separe lo que hay que salvaguardar (familia) mientras se mantiene lo que hay que disolver (las relaciones dañinas, oportunistas, matrimonio sin afecto y sin respeto) y permite que se le criminalice pues de lo contrario no podría ser privado del derecho fundamental a convivir con sus hijos en igualdad de condiciones.
Esta criminalización de la figura paterna comporta graves consecuencias en el desarrollo psicológico de los hijos.
La persona que acepta la separacion de sus hijos asume su discriminación por razón de sexo situándose al margen de la justicia de cualquier sociedad moderna que establece en su constitución la igualdad y rechaza dicha discriminación y acepta que los derechos del padre custodio estén por encima del derecho de los hijos, pervirtiendo el espíritu y la misma esencia de la contitucion y las leyes.
La persona que acepta la custodia monoparental y paga una pensión alimenticia a través de otra persona (padre o madre custodio) hace dejación de un derecho fundamental e inalienable a proporcionar alimento y protección directamente a su descendencia, siendo su situación contraria a la que corresponde a cualquier cultura tanto humana como incluso animal.
La conculcación de este derecho tiene graves consecuencias en el mantenimiento de la relación afectiva y personal de los hijos con aquellos padres que aceptan no ser proveedores directos de protección y alimento y lesiona para siempre los rasgos de la personalidad de sus hijos.
La persona que acepta la custodia monoparental y paga una pensióón alimenticia a través de otra persona renunciando al derecho de la convivencia en igualdad de condiciones con sus hijos, en realidad no rompe el vínculo con su expareja, sino que lo alarga en el tiempo bajo una nueva y al mismo tiempo antigua y amarga fórmula: la servidumbre propio de los regímenes de esclavitud.
La persona que acepta la custodia monoparental pervierte el derecho sucesorio y acepta que los bienes que corresponden a sus hijos, puedan ser sustraídos por el excónyuge custodio.
La persona que acepta la custodia monoparental sabe que sus hijos se situaran en niveles de desprotección de los que dan cuenta los estudios sobre violencia doméstica, lo que constituye una grave irresponsabilidad.La persona que acepta la custodia monoparental asume a para sí y para sus hijos un juicio injusto en el que no existe "" delito"" alguno y no obstante serán castigados con la privación de un derecho.
La persona que acepta la custodia monoparental asume que se le someta a él y a sus hijos a un juicio ""previo"" sin garantíía procesal alguna que tendráá lugar en el marco de actuación de los gabinetes psicosociales de los juzgados.
La persona que acepta la custodia monoparental asume el juego perverso que se da entre juzgados de familia y gabinetes psicosociales por el que estos aportan pseudoteorías psicológicas , obsoletas desde el punto de vista científico, viciadas muchas veces por ideologías revanchistas y obtienen así el contenido para sus sentencias que no pueden justificar de otra manera.
El que renuncia a la custodia de sus hijos los expone al sindrome de alieneacion parental quel se define comúnmente como el establecimiento de barreras hacia la relación o, incluso, la incitación a odiar al progenitor no custodio por parte del progenitor que detenta la custodia monoparental.
Cuando se prueba la mala voluntad del progenitor custodio en la creación del síndrome de alienación parental, éste es considerado un delito por la justicia y puede ser castigado incluso con el cambio de custodia a favor de padre no custodio.
Sentencias en este sentido se han firmado a lo largo y ancho de la geografía del mundo en estos últimos años.
No obstante considerarse un progreso, esta definición es incompleta. Alienar significa (según el diccionario de la RAE) trastornar mentalmente pero también, y esta es la definición que nos atañe, el acto de desposeer o privar de algo, en este caso, el derecho a tener padre y madre en igualdad de condiciones.
También significa quitar, pasar o transmitir a otro el dominio de una cosa. En este sentido los principales responsables de la creación del síndrome de alienación en nuestros hijos y en el resto de los miembros de la familia son los jueces.
La alienación la crea quien conculca un derecho y en este caso no es el progenitor custodio (el que conculca el derecho) el padre o madre custodio y el juez, siendo el progenitor custodio, junto a su hijo, victimas, pasivas.Es una contradicción que un juez que produce la alienación de los hijos castigue al cónyuge custodio quien no hace sino ejecutar su mandato. Esto explica que difícilmente los jueces condenen por el concepto de alienacióón parental al exconyuge custodio.
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