sábado, 27 de septiembre de 2008

EL CONSTITUCIONALISMO DE CUBA Y ESTADOS UNIDOS


- UN ANÁLISIS COMPARADO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL DE AMBAS NACIONES -

(con este articulo comenzaremos el estudio de ambas leyes supremas)

Por el Lcdo. Faisel Iglesias
Fundador de la Corriente Agramontista y
Delegado para El Caribe de la Unidad Liberal Cubana.

- La historia no es nuestro destino, sino nuestro pasado.
III
LA CONSTITUCION; SOLMNE EXPRESION DE LA VOLUNTAD DEL PUEBLO

Con razón decimos, que todo cubano lleva dentro un dictador. La conciencia del exterminado, el espíritu del colonizado, la rebeldía del explotado han provocado que siempre veamos al estado, no como un conjunto de instituciones a nuestro servicio, a las que debemos cuidar y fortalecer, sino como un instrumento de sojuzgamiento, coacción y fuerza, al que debemos debilitar si no podemos derrotar. Por eso los puestos en el gobierno no son una oportunidad de servicios publico, sino un ejercicio del poder.
Sin embargo ya la humanidad ha encontrado instituciones capaces de permitir en armonía, el desarrollo de las capacidades del individuo y de la sociedad en general, satisfaciendo a todos los hombres y tendencias. Marcos institucionales que han favorecido esa revolución que todo hombre debe hacer contra si mismo, para que los egoísmos personales, la superioridad física o intelectual no se conviertan en instrumentos de sometimiento a los más débiles, sino fuerzas por el bien común.
Esos principios supremos se consagran en lo que se ha venido en llamar Ley Fundamental o Constitución. Establece las competencias supremas del estado y los derechos fundamentales de los ciudadanos. Es el marco del que se derivan las demás normas en un estado de derecho.
El derecho, en consecuencia es un instrumento con discurso histórico, valores de ciencia y virtudes de arte que incluye cinco componentes principales: a) las leyes, es decir las normas aprobadas por los órganos legislativos; b) los reglamentos, es decir, el conjunto de reglas que emana de los organismos administrativos, conforme a la competencia que le confiere la ley ; la jurisprudencia, que se compone de las normas que disponen los tribunales en sus sentencias cuando interpretan las leyes o suplen el vacío de las mismas; la doctrina, compuesta por los principios generales señalados por los estudiosos del derecho; y la costumbre, que se refiere a los principios derivados de los usos y la repetición de soluciones aceptadas y establecidas entre las personas de un mismo grupo, profesión, oficio o actividad social.
La constitución es pues, el ordenamiento jurídico creador y mantenedor de una unidad socio-política. Articula la creación del estado, estructura su división de poderes y establece los derechos fundamentales del ciudadano frente a ese estado (función esencial en un estado democrático, inexistente en un estado totalitario como el cubano) mientras crea y limita sus competencias supremas. Define la orientación ideológica y política del estado y establece valores supremos de convivencia y aspiración social, a las cuales están subordinadas las demás reglas jurídicas. Es la expresión más solemne de la voluntad del pueblo.
II
UNA REVOLUCIÓN CONTRA LA REVOLUCIÓN
Todas las revoluciones que ha conocido la humanidad a través de la historia se han tornado inconclusas. Por eso José Martí en el siglo antes pasado, viendo que continuaban viviendo colonias en las repúblicas, advirtió: "es necesario todavía hacer una revolución, que no haga presidente a su caudillo. Una revolución contra las revoluciones. El levantamiento de todos los hombres pacíficos - soldados solamente una vez- para que ellos, ni nadie, vuelvan a serlo jamás."
El dramaturgo Vaclav Havel, el líder de la disidencia Checa y Primer presidente poscomunismo expresaba en su obra "El Poder de los sin poder", la necesidad de una "revolución existencial", que transforme los hábitos y acciones que más afectan la calidad de la vida. Ya Marti advertia que "[e]l primer trabajo del hombre es reconquistarse."
No se trata del acto extraordinario de imponerse a los otros hombres, de ser el encargado de iluminar a los demás. Es vivir en dignidad, y vivir con dignidad es poder disponer de nosotros mismos. En este aspecto, no nos puede satisfacer ningún paternalismo, como tampoco nos puede complacer como seres libres, ningún paraíso cerrado. Se trata del derecho y el deber natural de cada ser humano de defender su individualidad, su espiritualidad. "Ni originalidad literaria cabe, ni la libertad política subsiste mientras no se asegure la libertad espiritual... Porque la primera libertad, base de todas, es la mente.
Mirando la sociedad cubana desde la distancia del exilio, nos percatamos que la verdadera revolución cubana comenzara en tiempos de paz, después de triunfar la revolución contra la Revolución. Me refiero a esa revolución existencial que deberá hacer cada cubano contra si mismo. Esa que acabe con ... "estas equivocado"... " No te permito que digas"..."tu no tienes la razón"... que cuartan los derechos inherentes a la propia naturaleza humana.
Esa revolución existencial solo sera posible en tiempos de paz, dentro de un estado de derecho, donde el soberano sea el hombre y el estado un mero instrumento a su servicio, dentro de instituciones que, interiorizadas por los individuos les faciliten lo más posible el acceso a su autonomía individual, y la posibilidad de participación efectiva en cualquier poder explícito que exista en la sociedadCuba y Estados Unidos, como toda Las Américas, son producto de eso que se ha venido en llamar Mundo Occidental, que no sólo ha sido una forma de sociabilidad, de vida en común, sino además, de una concepción de la sociedad, el estado y el derecho, y que en la cristiandad ha encontrado su base espiritual.
Occidente además, le ha aportado a la humanidad dos grandes monumentos jurídicos: el derecho romano - que nos enseño un método científico del derecho, y la Constitución de los Estados Unidos de América, la primera que ha erigido al hombre en soberano de sí mismo, porque en definitiva Dios nos hizo a su imagen y semejanza.
La implantación del estado en Cuba, como un acto de violencia, a principios del siglo XVI, por el conquistador español Diego Velazquez, capitaneando a 300 hombres y el triunfo de la Revolución Cubana en 1959, en medio de la Tercera Guerra Mundial, conocida como la Guerra Fría -época en que la humanidad vivía en medio de la paz del miedo nuclear-, que condicionó el alineamiento de Cuba al Campo Socialista, el cual tenía una concepción monista del estado y consideraba al derecho un instrumento de la voluntad política, lo que de hecho menguaba sus propios valores de ciencia, ha traído como consecuencia que, el estado cubano, en vez de ser un instrumento para el beneficio del ciudadano, se ha manifestado como un ente de sometimiento de los individuos.
Por otra parte, ningún jurista puede negar el éxito de la Constitución de los Estados Unidos como elemento organizador, unificador de las instituciones sociales y políticas norteamericanas, ni como modelo para otros ordenamientos democráticos, por lo que su estudio resulta imprescindible.
Su Constitución es lo mas cercano a un libro sagrado que ha producido Estados Unidos, aunque en su nombre se saca a Dios de las instituciones de gobierno. La oración que hacia referencia a Dios fue eliminada de las escuelas publicas y en 2003, cuando un juez federal ordeno a Roy Moore, Juez Presidente del Tribunal Supremo de Alabama, retirar un monumento en el que gravo los Diez Mandamientos, una roca que pesaba 2, 280 libras, lo cual había colocado en la rotonda del edificio judicial del Estado. Moore, quien se titulaba El Juez de los Diez Mandamientos, se negó desafiando la orden federal. Sus compañaros jueces lo suspendieron de sus funciones, le iniciaron un proceso de destitución del puesto para el que había sido electo en el 200, con el 54% de los votos del Estado y la roca fue retirada.
No esta lejos el día en que los defensores de los Derechos Civiles soliciten que se retire la frase "In God We Trust", que se imprime en todos los billetes de las monedas norteamericanas, por violar la norma constitucional de separación de Iglesia y Estado. Mas aun, en la memoria de toda la humanidad esta presente la sentencia de un tribunal de primera instancian que decreto al inconstitucionalidad de una norma que autorizaba la segregación de los negros, evitando con ello una guerra civil.
Contrario a ello esta la constitución cubana, que en su articulo cinco expresa que quien dirige y orienta a la sociedad, estado y gobierno es el Partido - un ente sin cabeza humana -por lo que de hecho y de derecho le quita el imperio a la ley y la capacidad de pensar a cada cubano.

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