lunes, 27 de octubre de 2014

LA CUSTODIA COMPARTIDA DE HIJOS DE PADRES SEPARADOS

Faisel Iglesias
Abogado.
Tel: 787 553 3373

Desde 2011, en virtud de la Ley 223, en Puerto Rico se estableció el derecho de  los hijos a tener Papá y Mamá en igualdad de condiciones: la custodia compartida. Sin embargo, los padres apenas la solicitan, otras no saben como hacerlo y en la mayoría de los casos sufren el prejuicio, la discriminación porque en definitiva los tribunales favorecen a las madres y a la larga los que cargan el peso mayor es la infancia.

Cuando falta la mirada, el contacto, muere el amor. Se padece el hecho de que la vida es una angustia. Donde hay rupturas, dolor, es difícil que la afectividad tome cuerpo y empape la instalación vital de una persona. Los afectos son los que unen a las personas. El cariño es el más auténtico catalizador de las relaciones humanas, la manifestación suprema de respeto a los demás. La calidad de la vida depende de la calidad de nuestros afectos.

Cuando se separa a un niño de su padre o de su madre se le priva de la raíz del amor, de esa capacidad de querer y quererse, de ese equilibrio interior que hace que el corazón vibre con resonancias más tiernas, humanas y creadoras. Los niños necesitan, para lograr un desarrollo armónico de sus personalidades, de papá y mamá en igualdad de condiciones.

El proyecto del Senado de Puerto Rico, numero 1236, que desembocó en esta nueva  Ley 223 de 2011, expresa que los menores que no cuentan con la figura paterna en el proceso de desarrollo  de sus vidas presentan los siguientes riesgos:
 
Cinco (5) veces más probabilidades de cometer suicidio
Treinta y dos (32) veces más posibilidades de presentar problemas de conducta.
Catorce (14) veces más posibilidades de incurrir en el delito de violación.
Diez (10) veces más posibilidades de presentar un problema de abuso de sustancias controladas o drogas.
Nueve (9) veces más posibilidades de reclusión en una institución operada por el estado para fines de rehabilitación.
Veinte (20) veces más posibilidades de reclusión en una prisión u otra institución de tipo penal.
 
Es necesario enderezar el árbol que la historia torció. La igualdad del hombre y la mujer es también, un derecho constitucional y un problema de dignidad humana. Sin embargo un alto porcentaje de los niños caribeños solo cuentan, en el proceso de su formación, con la figura materna. Para peor situación, en aquellos casos en que padres están dispuestos a ocuparse de sus hijos, teniendo las aptitudes requeridas, los tribunales los ignoran, y en un alto porcentaje de los casos solo son convidados de piedra, sin más derecho que aportar una pensión alimenticia, como quien paga una hipoteca y ver a sus hijos cada quince días.

Cuando un niño ve a su padre solo cada quince días, comienza a verlo como la persona ajena a su vida que solo viene a arrancarlo del seno donde él vive junto a la persona que le complementa su vida. Ello le provoca una sensación de desamparo y comienza a rechazar a su propio padre. Este, a su vez, al percatarse de esta situación, termina por alejarse del menor, porque en definitiva se percata que la relación es enfermiza.

Esta realidad produce alienación. Alienar significa (según el diccionario de la RAE) trastornar mentalmente pero también, y esta es la definición que nos atañe, el acto de desposeer o privar de algo. También significa quitar, pasar o transmitir a otro el dominio de una cosa. En este sentido los principales responsables de la creación del síndrome de alienación en nuestros hijos y en el resto de los miembros de la familia son los jueces.

Los hijos que sufren este síndrome, pueden llegar a desarrollan un odio patológico e injustificado hacia el progenitor alienado que tiene consecuencias devastadoras en el desarrollo físico y psicológico. Otras veces, sin llegar a sentir odio, este síndrome provoca en el niño un deterioro de la imagen que tiene del padre alienado, resultando de mucho menos valor sentimental o social que la que cualquier niño tiene y necesita de sus progenitores: "el niño/a no se siente orgulloso de su padre/madre como los demás niños".

Esta es una forma de maltrato infantil institucional que producirá daños en su desarrollo psicológico a largo plazo, cuando en la edad adulta ejerza su papel de progenitor. No es casual que en Puerto Rico, donde un alto porcentaje de los niños son criados por sus madres, después de adultos, se manifiestan como hombres que utilizan la violencia contra las mujeres.

Está demostrado científicamente que los seres humanos nacen con la capacidad de percibir cuando un padre está manipulando sus relaciones con el otro progenitor. Y no lo perdonaran nunca y lo expresan de distintas maneras y todas ellas de manera antisocial.

Según especialistas en la materia, algunos indicadores típicos que permitirían detectar síntomas de aplicación del Síndrome de Alienación Parental son los siguientes:

• Impedimento por parte de uno de los progenitores a que el otro progenitor ejerza el derecho de convivencia con sus hijos

• Desvalorizar al otro progenitor.

• Subestimar los sentimientos de los niños hacia el otro progenitor.

• En los niños se puede detectar cuando éstos no pueden dar razones o dan explicaciones absurdas e incoherentes para justificar el rechazo; y también si utilizan frases o palabras impropias de su edad o llegando incluso a recordar y mencionar situaciones que no han sucedido

Los niños que sufren este maltrato quedan totalmente indefensos e incapacitados para ayudarse a sí mismos. Sólo pueden esperar que los adultos lleguen a resolver el problema para liberarse de esta pesadilla. Si el problema entre los adultos no se resuelve, el niño queda abandonado y crece con pensamientos disfuncionales.
 

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