Faisel Iglesias
Abogado.
Tel: 787 553 3373
Cuando falta la mirada, el contacto, muere el amor. Se padece el hecho de que la vida es una angustia. Donde hay rupturas, dolor, es difícil que la afectividad tome cuerpo y empape la instalación vital de una persona. Los afectos son los que unen a las personas. El cariño es el más auténtico catalizador de las relaciones humanas, la manifestación suprema de respeto a los demás. La calidad de la vida depende de la calidad de nuestros afectos.
Abogado.
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Desde 2011, en virtud de la Ley 223, en Puerto Rico se estableció el
derecho de los hijos a tener Papá y Mamá
en igualdad de condiciones: la custodia compartida. Sin embargo, los padres
apenas la solicitan, otras no saben como hacerlo y en la mayoría de los casos
sufren el prejuicio, la discriminación porque en definitiva los tribunales favorecen a
las madres y a la larga los que cargan el peso mayor es la infancia.
Cuando falta la mirada, el contacto, muere el amor. Se padece el hecho de que la vida es una angustia. Donde hay rupturas, dolor, es difícil que la afectividad tome cuerpo y empape la instalación vital de una persona. Los afectos son los que unen a las personas. El cariño es el más auténtico catalizador de las relaciones humanas, la manifestación suprema de respeto a los demás. La calidad de la vida depende de la calidad de nuestros afectos.
Cuando se separa a un niño de su padre o de su madre
se le priva de la raíz del amor, de esa capacidad de querer y quererse, de ese
equilibrio interior que hace que el corazón vibre con resonancias más tiernas,
humanas y creadoras. Los niños necesitan, para lograr un desarrollo armónico de
sus personalidades, de papá y mamá en igualdad de condiciones.
El proyecto del Senado de Puerto Rico, numero 1236, que desembocó en
esta nueva Ley 223 de 2011, expresa que
los menores que no cuentan con la figura paterna en el proceso de
desarrollo de sus vidas presentan los
siguientes riesgos:
Cinco (5) veces
más probabilidades de cometer suicidio
Treinta y dos
(32) veces más posibilidades de presentar problemas de conducta.
Catorce (14)
veces más posibilidades de incurrir en el delito de violación.
Diez (10) veces
más posibilidades de presentar un problema de abuso de sustancias controladas o
drogas.
Nueve (9) veces
más posibilidades de reclusión en una institución operada por el estado para
fines de rehabilitación.
Veinte (20)
veces más posibilidades de reclusión en una prisión u otra institución de tipo
penal.
Es necesario enderezar el árbol que la historia torció. La igualdad del
hombre y la mujer es también, un derecho constitucional y un problema de
dignidad humana. Sin embargo un alto porcentaje de los niños caribeños solo
cuentan, en el proceso de su formación, con la figura materna. Para peor
situación, en aquellos casos en que padres están dispuestos a ocuparse de sus
hijos, teniendo las aptitudes requeridas, los tribunales los ignoran, y en un
alto porcentaje de los casos solo son convidados de piedra, sin más derecho que
aportar una pensión alimenticia, como quien paga una hipoteca y ver a sus hijos
cada quince días.
Cuando un niño ve a su padre solo cada quince días, comienza a verlo como
la persona ajena a su vida que solo viene a arrancarlo del seno donde él vive
junto a la persona que le complementa su vida. Ello le provoca una sensación de
desamparo y comienza a rechazar a su propio padre. Este, a su vez, al
percatarse de esta situación, termina por alejarse del menor, porque en
definitiva se percata que la relación es enfermiza.
Esta realidad produce alienación. Alienar significa (según el diccionario de
la RAE) trastornar mentalmente pero también, y esta es la definición que nos
atañe, el acto de desposeer o privar de algo. También significa quitar, pasar o
transmitir a otro el dominio de una cosa. En este sentido los principales
responsables de la creación del síndrome de alienación en nuestros hijos y en
el resto de los miembros de la familia son los jueces.
Los hijos que sufren este síndrome, pueden llegar a desarrollan un odio
patológico e injustificado hacia el progenitor alienado que tiene consecuencias
devastadoras en el desarrollo físico y psicológico. Otras veces, sin llegar a
sentir odio, este síndrome provoca en el niño un deterioro de la imagen que
tiene del padre alienado, resultando de mucho menos valor sentimental o social
que la que cualquier niño tiene y necesita de sus progenitores: "el niño/a
no se siente orgulloso de su padre/madre como los demás niños".
Esta es una forma de maltrato infantil institucional que producirá daños en
su desarrollo psicológico a largo plazo, cuando en la edad adulta ejerza su
papel de progenitor. No es casual que en Puerto Rico, donde un alto porcentaje
de los niños son criados por sus madres, después de adultos, se manifiestan
como hombres que utilizan la violencia contra las mujeres.
Está demostrado científicamente que los seres humanos nacen con la
capacidad de percibir cuando un padre está manipulando sus relaciones con el
otro progenitor. Y no lo perdonaran nunca y lo expresan de distintas maneras y
todas ellas de manera antisocial.
Según especialistas en la materia, algunos indicadores típicos que
permitirían detectar síntomas de aplicación del Síndrome de Alienación Parental
son los siguientes:
• Impedimento por parte de uno de los progenitores a que el otro progenitor
ejerza el derecho de convivencia con sus hijos
• Desvalorizar al otro progenitor.
• Subestimar los sentimientos de los niños hacia el otro progenitor.
• En los niños se puede detectar cuando éstos no pueden dar razones o dan
explicaciones absurdas e incoherentes para justificar el rechazo; y también si
utilizan frases o palabras impropias de su edad o llegando incluso a recordar y
mencionar situaciones que no han sucedido
Los niños que sufren este maltrato quedan totalmente indefensos e
incapacitados para ayudarse a sí mismos. Sólo pueden esperar que los adultos
lleguen a resolver el problema para liberarse de esta pesadilla. Si el problema
entre los adultos no se resuelve, el niño queda abandonado y crece con
pensamientos disfuncionales.
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