sábado, 13 de agosto de 2011
ACERCA DELMATRIMONIO ENTRE PERSONAS DELMISMO SEXO
Por faisel iglesias
La plenitud es un asunto de dignidad. Toda persona, por ley de la naturaleza, tiene derecho a amar libremente y a vivir en familia, ya sea sanguínea o afectiva. Y el derecho debe proteger esa realidad.
No hace sentido jurídico ni moral, que dos personas que han constituido una unidad familiar, por lazos tan fuertes como el amor, no puedan socorrerse uno al otro, complementarse jurídicamente. No es justo que el sobrino aquel, que se abochornaba de su tío homosexual venga, después de su muerte, a heredar como el único con derecho, menospreciando al compañero o compañera, de muchos anos, que contribuyo a ese patrimonio.
Tanto la derecha, como la izquierda totalitaria, como sus respectivos intelectuales, han ido creando su propia personalidad fundamentalista, en el cual rige el principio de que el Derecho puede ser válido sin tener que ser justo, que puede haber, y de hecho la hay, legalidad sin legitimidad.
Confundir las voces con los ecos, sostener silencios en apariencias de decoro es contribuir a la desorientación de los que quizás no tengan recursos para descubrirse a sí mismos.
Es imprescindible generar confianza, discutir contenidos, inventar el futuro, articular estrategias, promover fuentes de acción, aprovechar los momentos de verdad (las verdades no son eternas), reconocer con sinceridad, mantener la atención, crear conciencia (en virtud de conocimientos), obtener pequeños resultados para lograr grandes cosas y cerrar con el pasado. En el fondo se trata de la verdad como autenticidad. No la del decir ni la del pensar, sino la verdad de la vida, esa coincidencia de consigo mismo y la naturaleza. Cuando el hombre no sostiene su libertad se miente a sí mismo.
Cuando el derecho comienza a responder a los fines inmediatos y particulares, a ser utilitario, se convierte en un instrumento que no necesariamente vela por la armonía de todos los valores, sino más bien por la teoría del orden social que se fundamenta en la relación derecho-poder.
El legislador, como político al fin, comenzó a crear conforme a criterios temporeros, prácticos, esenciales para la protección de intereses dominantes, manifestándose como un instrumento ideológico, y por tanto, va a la zaga de las ciencias y las artes.
El derecho es una ciencia con valores propios, capaz del equilibrio, lo justo, lo bello, en fin, creador de más naturaleza.
Son necesarias corrientes de pensamiento, un Movimiento de movimientos, con el propósito de estimular la creación individual y colectiva, instrumentar vías de comunicación, procurar espacios para las concertaciones, defender la dignidad, la vida humana, la naturaleza, la igualdad de posibilidades, la solidaridad y el respeto
a la otra. No debe ser una idea, sino un valor,.sino una actitud ciudadana en virtud de la conciencia de una nueva necesidad histórica.
El ser humano debe estar capacitado para discernir la complejidad de una nueva era histórica y buscar soluciones dignas a cada encrucijada, con la responsabilidad que exige el peligro de lo nuevo, y la alegría de haber nacido como seres sociales a fin de contribuir, con la plenitud del hombre y la solidez de la sociedad al afianzamiento de los valores
Claro está, donde natura no da, Salamanca no presta. No debe llamarsa una institución jurídica con el nombre de otra. Cada fondo debe tener su propia expresión formal. Un arrendamiento no es una compraventa aunque en ambos casos se trate de poseer una vivienda mediando el dinero. En la compraventa, conjuntamente con la casa, se trasmiten los derechos sobre ella, y el propietario puede, en consecuencia, donarla, venderla, repararla, etc. En un arrendamiento, sin embargo, el arrendador no puede venderlo, ni disponer libremente. Por eso, cada una de las instituciones tiene diferentes nombres porque su naturaleza no es la misma.
Es cierto que, el matrimonio entre personas heterosexuales se diferencia de la unión entre personas del mismo sexo, en que la primera, además del amor, la vida en común, el afecto marital, tiene el propósito de crear hijos en común y la supervivencia de la especie. En consecuencia no deben llamarse matrimonio, pero bien podrían denominarse CONYUGES.
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